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Abierto el plazo para solicitar subvenciones en materia de turismo en Andalucía

El plazo para solicitar estas ayudas permanecerá abierto desde el 14 de julio de 2011 hasta el 13 de agosto de 2011


A partir de mañana, 14 de julio, se abrirá el plazo para solicitar las subvenciones correspondientes al fomento de servicios turísticos y creación de nuevos productos, plazo que permanecerá abierto hasta el próximo 13 de agosto de 2011.

 A continuación os dejamos las actuaciones subvencionadas para el alojamiento turístico en el medio rural y vivienda turística de alojamiento rural:

Alojamiento turístico en el medio rural y viviendas turísticas de alojamiento rural.

Las actuaciones que se concreten en:

a) Creación, ampliación, mejora y modernización de casas rurales, establecimientos hoteleros rurales, complejos turísticos rurales y edificios/complejos de apartamentos turísticos rurales, en los supuestos siguientes:

a.1. El acondicionamiento de conjuntos arquitectónicos singulares para su aprovechamiento turístico y la reforma y acondicionamiento de edificaciones tradicionales para su integración en la oferta reglada. (VIN)

a.2. Las dirigidas a la implantación de tecnologías y sistemas de organización relativos a la mejora de los sistemas de gestión, especialmente los destinados a transacciones de comercio electrónico, así como aquellas actuaciones dirigidas a la integración en la Comunidad Turística Virtual. (VIN)

a.3. Adaptación del sistema informático de gestión a fin de que éste genere automáticamente los cuestionarios de la Estadística Oficial, Encuesta de Ocupación en Alojamientos Turísticos, en formato de fichero XML. (VIN)

a.4. Las dirigidas a incrementar la categoría del establecimiento. (VIN)

a.5. Las dirigidas a incrementar la accesibilidad y reserva de espacios para discapacitados así como los accesos en general. (VIN)

a.6. La creación de instalaciones que contribuyan a diversificar y cualificar la oferta de servicios complementarios y de ocio. (VIN)

a.7. Creación de establecimientos hoteleros rurales de categoría cuatro estrellas o superior, siempre que no haya en el municipio otro hotel de esa categoría inscrito en el Registro de Turismo. (VIN)

b) Viviendas turísticas de alojamiento rural: Reformas para su transformación en establecimiento de alojamiento turístico rural. (VIN)

Encontrareis más información en la web de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte de Andalucía.

 

Enviado por:

CampiTur.com

13/07/2011

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