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Andalucía mantendrá las medidas frente al Covid-19

La Junta de Andalucía prorroga la cláusula perimetral de toda la comunidad autónoma


Siguiendo las recomendaciones del comité de expertos andaluz, el Consejo Asesor de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto, el consejero de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, Jesús Aguirre, anunciaba ayer tarde que la comunidad autónoma mantendrá las medidas de protección contra el Covid-19. 

Debido a que se está experimentando una leve tendencia al alza en la incidencia de la enfermedad, no se modificarán la gran mayoría de las medidas adoptadas hace 15 días. 

De modo que se mantendrá el cierre perimetral de la comunidad autónoma, así como el cierre perimetral de Córdoba y de sus ocho provincias. También se mantiene la restricción de movilidad entre las 23:00 y las 06:00 horas, así como la limitación de reuniones a un máximo de 6 personas en el exterior y de 4 personas en espacios interiores de hostelería y similares. 

Así mismo se restringe la movilidad en los municipios (cierre perimetral) cuando se supere una incidencia de 500 casos por 100.000 habitantes en 14 días, y se aplicará el nivel de alerta 4 grado 2 (que supone el cese de la actividad no esencial) en municipios con una incidencia de más de 1.000 casos por 100.000 habitantes en 14 días.

El comité de expertos ha propuesto también, la adaptación de algunas medidas de protección. De este modo se modificará el horario de cierre de comercios y actividad a las 20:00 horas en las localidades con nivel 4 grado 1, en vez de a las 18:00 horas establecidas por el artículo 3 de la orden 8 de noviembre de 2020. También se modificará el apartado 1 del artículo 6 de la citada orden, con objeto de establecer las clases online en las universidades públicas o privadas cuando los términos municipales donde estén situadas se encuentren en nivel 4 de alerta grado 2.

Asimismo, se ha acordado que en todas las celebraciones posteriores a ceremonias nupciales u otras celebraciones religiosas o civiles que se realicen en establecimientos de hostelería y restauración o que se desarrollen fuera de dichos establecimientos mediante servicios de catering debidamente registrados en el Registro general sanitario de empresas alimentarias, se aplicará el régimen establecido para los salones de celebraciones en el artículo 16 de la Orden del 29 de octubre de 2020.

En cuanto a los congresos, encuentros, reuniones de trabajo, conferencias y otros eventos se llevará a cabo una evaluación de riesgo, además de los aforos previstos según los niveles de alerta vigentes. Por último, se autorizará la entrada en los centros sanitarios de los profesionales adscritos a las asociaciones de pacientes, previa su acreditación ante los mismos. Las visitas de este personal acreditado –como, por ejemplo, los voluntarios de asociaciones que prestan servicio de apoyo a enfermos y sus familias- se realizarán cumpliendo en todo momento las disposiciones establecidas sobre seguridad del paciente.

Enviado por:

08/04/2021

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