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Aprobadas diversas subvenciones para la contratación de empleados/as del hogar

El plazo para poder solicitarlas es de dos meses a contar desde el pasado día 4 de julio del 2009


 

Ha sido aprobada la primera convocatoria como medida de fomento del empleo y calidad de las subvenciones para la contratación y desarrollo de la actividad de los empleados de hogar por la Consejería de Igualdad y Empleo de la Junta de Extremadura, siendo el órgano gestor el SEXPE.
 
Éstas subvenciones están contempladas en el Decreto 152/2009, de 26 de junio, que fue publicado en el DOE n º 127 del día 3 de julio de 2009.
 
Para esta convocatoria 2009, el plazo para poder solicitar las subvenciones es de dos meses a contar desde el pasado día 4 de julio de 2009.
 
Las ayudas se encuentran distribuidas en diversos programas destinados a diferentes grupos de trabajadores. Así pues son los siguientes:
 
  • Programa I.- Ayudas a facilitar el mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas en los supuestos de riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad, adopción o acogimiento preadoptivo o permanente o riesgo durante la lactancia natural. El objetivo es contratar a personas desempleadas que las sustituyan durante los periodos de descanso, debiendo desarrollar su trabajo en territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    La cuantía de la subvención será, como máximo, de 1.050€ al mes, sin que en ningún caso pueda superar el coste de la contratación efectuada.
 
 
  • Programa II.- Trabajadoras autónomas que suspendan su actividad empresarial o profesional para atender a hijos/as menores de ocho años o familiares dependientes.
    La contratación será por un periodo mínimo de 18 meses, pudiendo ser inferior cuando desaparezcan las causas que dieron lugar a la contratación objeto de ayuda.
    Uno de los requisitos del contrato es estar en situación de desempleo.
    La cuantía de la subvención por la contratación realizada a jornada completa será, como máximo, de 11.000€ en concepto de ayuda directa al empleo, por un periodo de 18 meses.
 
  • Programa III.- Ayudas para la contratación de personas que realicen tareas domésticas por cuenta ajena. Empleados/as del hogar. El objeto de este programa es mejorar la integración en el mercado laboral de las personas dedicadas a la actividad de empleado/a de hogar.
    No podrán acceder a dichas subvenciones las personas solicitantes cuyo nivel de renta de la unidad familiar supere, en el ejercicio correspondiente en más de siete veces y medio el salario mínimo interprofesional del ejercicio anterior en el que se convoca la ayuda. La cuantía de dicha ayuda irá en función de la puntuación que resulte de unos criterios de valoración según renta y miembros de la unidad familiar.
 
  • Programa IV.- Ayuda a personas empleadas de hogar que desarrollen su actividad por cuenta propia con carácter parcial o discontinuo. Empleados/as del hogar por cuenta propia. El objetivo de este programa es facilitar la conciliación de la vida personal y familiar con el mercado laboral. La cuantía en este caso de la ayuda se tramitará como pago único por importe máximo de 1.500 euros y mínimo de 1.000 euros.

Enviado por:

CampiTur.com

13/07/2009

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