Desde el Ayuntamiento de Berlanga se publican las bases para cubrir dos puestos de trabajo de profesores de la Escuela Municipal de Música de la localidad para el curso 2012/2013.
Los puestos ofertados son:
• Un puesto de Profesor de Piano, Solfeo, Director de Coral y con funciones administrativas 10 horas semanales. La retribución del mismo será de 400 euros brutos al mes, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
• Un puesto de Profesor de Guitarra y Solfeo, 10 horas semanales, con una retribución mensual bruta de 400 euros por todos los conceptos incluidos parte proporcional de pagas extraordinarias.
En ambos casos, el contrato se extenderá del día 15 de octubre hasta el 30 de junio de 2013.
Condiciones:
• Se establece un periodo de prueba de 15 días y tendrán derecho a disfrutar de la parte proporcional de vacaciones que le correspondan.
• Se comprometerán a realizar como mínimo dos conciertos al año.
Requisitos de los aspirantes:
a) Ser ciudadano de un estado miembro de la Unión Europea.
b) Tener cumplido los 18 años de edad.
c) Estar en posesión de las siguientes titulaciones. Diplomado o Licenciado en
cualquier especialidad en la que se opte y/o maestro con la especialidad de
Educación Musical.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible o impida el desempeño de funciones por sentencia firme.
e) Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar su nacionalidad y no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado el acceso a la función pública.
Los requisitos de la presente base, deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el proceso selectivo.
Baremo de Méritos:
- Experiencia laboral docente musical: 1 punto por año trabajado, hasta un máximo de 2 puntos.
- Expediente académico, titulado superior 3 puntos, titulado medio 2 puntos, Curso de perfeccionamiento 0.025 puntos por hora de curso hasta un máximo de 2 puntos.
Sólo se valorarán los cursos con un mínimo de 10 horas lectivas, relacionadas con la formación musical. Y no se valorarán los cursos, jornadas o conferencias en los que no figure el número de horas.
A efectos de valoración, el tribunal queda facultado para estimar discrecionalmente la adecuación o no de los trabajos y cursos al puesto de trabajo al que se opta.
Forma de acreditar los méritos:
- Experiencia laboral.- mediante fotocopia del contrato de trabajo y certificado de empresa.
En supuestos excepcionales en los que el aspirante esté imposibilitado de presentar el certificado de empresa, podrá entregar Vida Laboral, así como las nóminas correspondientes a ese periodo. También se presentará por escrito explicando los motivos que imposibilitan la presentación del certificado de empresa.
- Experiencia formativa.- mediante fotocopia de los títulos, diplomas, certificados, etc.
En caso de que el Tribunal de selección lo considere conveniente los aspirantes podrán ser citados para la realización de una entrevista personal y la exposición del proyecto de actuación, que se valorará hasta un máximo de 6 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 3 puntos, debiendo facilitar un teléfono de contacto.
Solicitudes:
Las instancias solicitando formar parte en la presente convocatoria, en la que los aspirantes deberán consignar datos personales y manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria y se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Berlanga, y se presentará en el Registro General de ésta, hasta el martes, 2 de octubre de 2012.
Las instancias podrán presentarse también en la forma que determina el art. 38 de la Ley 30/90., del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Quien opte por esta opción, deberá enviar previamente la solicitud al número de fax: 924894425
Documentación a presentar:
- Fotocopia del DNI
- Currículo Vitae
- Fotocopia de todos los documentos que acrediten tanto la experiencia laboral con la formación.
Incidencias:
Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de la misma, se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los casos y en la forma establecida por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.