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El SES modifica la gestión de tratamientos

Cambios que pretenden evitar el desplazamiento del paciente en la medida de lo posible


El SES prorrogará de forma automática por un mes los tratamientos en receta electrónica que finalicen por cumplir el tiempo indicado de dispensación en farmacia.

Ante la situación generada por la rápida transmisión del Virus SARS-CoV-2 el SES ha puesto en marcha medidas para la reducción de la actividad asistencial. Estas medidas precisan de modificaciones en la gestión de tratamientos de manera que hagan posible, siempre que se pueda, la consulta no presencial. Para ello hemos habilitado los  siguientes cambios que afectan al tratamiento del paciente en receta electrónica:

1. Las recetas prescritas en Atención Primaria y Hospitalaria se realizarán en receta electrónica siempre que el paciente disponga de Tarjeta Sanitaria.

2. Si el paciente no dispone de Tarjeta Sanitaria se prescribe en receta informatizada. Cada centro puede organizar la recogida de la receta informatizada por el paciente de la manera que considere más efectiva.

3. Para poder prescribir en receta electrónica sin la Tarjeta Sanitaria del paciente, se ha habilitado esta función en Jara. De esta manera, se pueden hacer los cambios necesarios como crear, modificar, prorrogar, finalizar o suspender el tratamiento del paciente sin necesidad de su tarjeta sanitaria, posibilitando la consulta no presencial.

4. Desde los Servicios Centrales se prorrogará de forma automática por un mes los tratamientos en receta electrónica que finalicen por cumplir el tiempo indicado de dispensación en farmacia. Esta prórroga se realizará en aquellos tratamientos activos, incluidos los de visado, cuya duración sea superior al menos en un mes a la fecha de finalización de eventos dispensables. Quedan excluidas las recetas de estupefacientes, que deberán ser gestionadas según indica el punto 3.

5. Para las recetas electrónicas de Atención Hospitalaria que quedan en suspenso tras la primera dispensación, se deshabilitará la suspensión para que puedan seguir dispensándose sin necesidad de reactivación por su médico de Atención Primaria.

6. Para la dispensación de las recetas en las oficinas de farmacia se necesita, como siempre, la tarjeta sanitaria del paciente.

 

Enviado por:

19/03/2020

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Comentarios 1 comentarios

de los usuarios

Inmigrante Digital 19 Mar - 2020

Y en el caso de necesitar parte de confirmación de baja ¿Cuál sería la forma de proceder? Porque creo que no hay consultas de atención primaria ahora ¿no.....?


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